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Derecho Bancario

Demanda por Tarjetas Revolving

Las tarjetas revolving no dejan de ser una modalidad de crédito al consumo incorporado a un medio de pago como es una tarjeta de crédito. Hace años fueron objeto de una muy activa comercialización por parte de entidades financieras, ya no sólo en las propias sucursales bancarias si no en otros establecimientos o a las puertas de centros comerciales, siendo habitualmente ofrecidas por entidades financieras como Barclays o Citibank cuyo negocio fue sucedido por otras como Wizink, Banco Popular, Banco Santander o Caixabank.

La modalidad revolving permite al cliente escoger lo que paga en cada cuota dentro de su disponible. La gran problemática de estas tarjetas es que, los altos intereses aplicados hacen que el cliente en esas cuotas sólo pague intereses, de modo que en muchos casos, después de venir pagando cuotas durante años, resulta que no han amortizado nada del capital prestado o aún debe más de lo que gastó.

Desde que en el año 2015 el Tribunal Supremo estableció que cuando superan un determinado tipo de interés son consideradas usura, hemos venido reclamando con éxito en los Tribunales de Justicia, teniendo amplia experiencia en el contencioso bancario.

El resultado de las reclamaciones deriva en un pronunciamiento judicial que anula el contrato, implicando la devolución de esos intereses, que en la gran mayoría de los casos se traduce en la cancelación de la deuda pendiente, más la recuperación del exceso pagado por el cliente en concepto de intereses más los gastos del proceso judicial.

Puede consultar más información en nuestra web o ponerse en contacto con nosotros exponiéndonos su caso a través del formulario de contacto para que analicemos su caso gratis y sin compromiso.

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El: mayo 25th, 2020 Por: Alberto Fernández Boira

Hace poco nos hacíamos eco de la siguiente noticia: «El Supremo declara usura los contratos con tarjeta ‘revolving’ al 27% de interés» con motivo de la Sentencia 600/2020 de 4 de marzo por la que confirmaba el carácter usurario de determinados contratos de crédito asociados a tarjetas de crédito conocidas como tarjetas revolving. Y digo confirma porque este debate no es nuevo. Ya en el año 2015, con la Sentencia del Tribunal Supremo 628/2015 de 25 de noviembre se sentaba un importante precedente en este asunto, de hecho en el despacho llevamos lidiando con tarjetas revolving con éxito y bastante anterioridad a esta última. Voy a intentar aclarar algunos puntos básicos de las tarjetas revolving y a cómo estamos enfocando los procedimientos y que es lo que nuestros clientes están consiguiendo. ¿Qué es una Tarjeta Revolving? Se trata a un crédito al consumo incorporado a un medio de pago como es una tarjeta. El contrato permite aplazar los pagos realizados con la tarjeta y escoger, dentro de unos límites, lo que el cliente quiere pagar cada mes a un tipo de interés. Insisto, no deja de ser un crédito al consumo y éste, como veremos más adelante, es el quid de […]

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