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Inmobiliario

Defensa en asuntos de arrendamientos y propiedad inmobiliaria.

Arrendamientos

Desahucio exprés y reclamación de rentas.

Vivienda sobre plano

Reclamación de cantidades adelantadas

Defectos de Obra

Reclame por defectos de obra y construcción

Derecho Civil

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Reclamación por impago de rentas de alquiler y desahucio

Si bien el arrendamiento de propiedades inmobiliarias puede ser una actividad muy rentable, no está libre de controversias jurídicas. El impago de rentas, los gastos, la discusión en la interpretación de los contratos, los gastos o la resolución de los mismos son los problemas que en la práctica contenciosa más se dan.


Reclamación de cantidades anticipadas en la compra de vivienda sobre plano

Reclamamos la devolución de las cantidades anticipadas para la adquisición de viviendas sobreplano con motivo de la rescisión del contrato por retraso en el inicio de la obra o en la entrega de la vivienda.


Defectos de Obra

Asimismo, asistimos a nuestros clientes en la reclamación y solución de defectos de construcción cualquiera que sea su naturaleza

Para este tipo de asuntos, ofrecemos asistencia jurídica, tanto extrajudicial como contenciosa, en aras a hacer valer sus derechos de forma rápida y efectiva con un alto grado de satisfacción de nuestros clientes en la ejecución de los encargos.


Alberto Fernández Boira

D
esahucio Exprés - Preguntas Frecuentes


¿En qué consiste el desahucio exprés?
Es un procedimiento especial, que permite al arrendador promover la resolución del contrato de arrendamiento con motivo del incumplimiento, habitualmente, de la obligación de pago de la renta pactada o el retraso continuado en el pago de la misma. La ventaja que presenta este procedimiento es que desde el inicio del procedimeinto se fija una fecha para el lanzamiento, lo que acelera mucho el trámite.

¿Puedo reclamar las cantidades debidas por el impago de rentas?
Sí. El procedimiento permite acumular a la acción la de reclamación de las rentas impagadas, de modo que el pronunciamiento sobre la posesión del inmueble puede acarrear asimismo una condena dineraria por las rentas impagadas y las que se vengan devengando.

¿Se puede parar este proceso?
Si bien es un procedimiento que está pensado para minimizar los daños que el arrendador puede sufrir como consecuencia del tiempo que transcurre desde que se interpone el procedimiento, permite al arrendatario, cuando no ha habido una interpelación extrajudicial, la posibilidad de enervar la acción consignando las cantideades debidas hasta la fecha. Esta facultad puede ejercerla el arrendatario sólo una vez.

¿Cuál es el tiempo estimado del procedimiento?
Un tiempo razonable estaría alrededor de tres meses. Sin embargo este plazo puede variar al alza o a la baja en función del Juzgado que tramite la demanda.

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