Ampliación de Capital
Banco Popular 2016

AMPLIACIÓN 2016

Reclamamos por la ampliación de capital de junio de 2016.

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Derecho Bancario

Ampliación de Capital:
Acciones de Banco Popular 2016

El pasado 7 de junio de 2017 la Junta Única de Resolución, instrumentalizada a través del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, acordó la resolución de Banco Popular Español, SA. con motivo de las dificultades a nivel de solvencia y liquidez por las que atravesaba la entidad, y así facilitar la venta de la entidad que inmediatamente fue adquirida por Banco Santander, SA.


Esta operación ha implicado la implementación de algunas modificaciones estructurales así como algunas de las medidas más agresivas previstas en Ley 11/2015, de 18 de junio de Recuperación y Resolución de Entidades de Crédito.

En concreto y para lo que nos ocupa, las acciones del Banco Popular, así como algunas emisiones de instrumentos híbridos de capital de Banco Popular y Banco Pastor han padecido una reducción de su nominal a 0 para su posterior amortización, implicando la pérdida total de la inversión para aquellos tenedores de estos títulos e instrumentos.

Desde el despacho ya estamos dirigiendo iniciativas judiciales para que aquellos afectados puedan recuperar su dinero. En concreto y teniendo en cuenta el precedente jurisprudencial generado en la OPS de Bankia así como los resultados cosechados por este despacho, estamos reclamando por aquellos asuntos que entendemos que en la actualidad son viables y están amparados por la actual jurispruencia del Tribunal Supremo, que entendemos abarcan a la última Ampliación de Capital de Banco Popular de junio de 2016 y todos aquellos instrumentos financieros complejos que se han visto afectados, ya sean Participaciones Preferentes u Obligaciones y Bonos Convertibles, todo ello sin perjuicio de que, a medida que exista más documentación al respecto, puedan darse más.


Alberto Fernández Boira

b¿Que ha ocurrido con Banco Popular?
anco Popular, debido a sus necesidades de capital y falta de liquidez, debió de ser intervenido por la Junta Única de Resolución a través del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, que acordó su resolución para su posterior venta a Banco de Santander, SA.

¿Cómo me afecta si soy tenedor de Acciones u Obligaciones?
Debido a la resolución de la entidad y las medidas aplicadas sobre determinados instrumentos, al reducir su nominal a 0, la pérdida es total.

¿Qué alternativas quedan para los afectados?

Habida cuenta lo ocurrido, se abre una amplia amalgama de perspectivas jurídicas para dar respuesta a los afectados. Para nosotros, desde un punto de vista societario o administrativo el camino está acabado. El acto adminstrativo por el cual se acordó la resolución es eficaz y la entidad ha sido adquirida ya por Banco Santander con todas las consecuencias. Ello permite concluir facilmente que el acto es válido y eficaz.

Ahora bien, todo ello sin perjuicio de que se pueda acreditar que en la suscripción o adquisición de los instrumentos financieros afectados concurriera vicio en el consentimiento, bien sea por falsedades contenidas en el correspondiente folleto de emisión, para las acciones de la ampliación de capital del 2016, por ejemplo; o en cuanto a la comercialización de instrumentos financieros complejos como bien pueden ser las Participaciones Preferentes o las Obligaciones Convertibles de Banco Pastor y Banco Popular, lo cual abre la vía de reclamación civil como hemos visto anteriormente con las Acciones de Bankia en su salida a bolsa o con las tragicamente celebres Participaciones Preferentes de las Cajas de Ahorros.
En cualquier caso, pueden encontrar información más detallada a este respecto en los enlaces a artículos del blog que tratan el tema de Banco Popular.

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