El pasado viernres 27 de junio de 2025 entró en vigor el Decreto‑Ley 5/2025, que reconfigura el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en operaciones inmobiliarias en Cataluña. A continuación, te explicamos como te puede afectar en tus futuras adquisiciones con cinco claves:
Escala progresiva del ITP en vivienda usada
Se abandona el tipo fijo (10% o 11%) y se introduce una tarifa progresiva por tramos
Valor del inmueble | Tramo | Tipo aplicable |
---|---|---|
Hasta 600.000 € | Tramo 1 | 10 % |
De 600.001 a 900.000 € | Tramo 2 | 11 % |
De 900.001 a 1.500.000 € | Tramo 3 | 12 % |
Más de 1.500.000 € | Tramo 4 | 13 % |
El tipo medio se calcula de forma progresiva, lo que grava y encarece las adquisiciones de mayor valor
Tipo fijo del 20 % para grandes tenedores y edificios completos
Se aplica un tipo del 20 % en:
- Compras de viviendas por “grandes tenedores”: propietarios con más de 10 inmuebles residenciales, o al menos 5 en “zonas tensionadas”
- Adquisiciones de edificios completos de viviendas (con o sin división horizontal)
Excepciones: no se aplica dicho tipo cuando:
- El adquirente es un promotor social o entidad sin ánimo de lucro.
- En edificios completos adquiridos por personas físicas, siempre y cuando incluya máximo 4 viviendas utilizadas como residencia habitual del comprador o familiares de segundo grado
Fin de la bonificación del 70 % al “flipping”
Se suprime la bonificación del 70 % para operaciones de compraventa rápida (menos de 3 años) por parte de empresas inmobiliarias. Ya no estará disponible desde marzo‑abril de 2025.
Bonificaciones y tipos reducidos
Siguen existiendo incentivos fiscales para determinados perfiles
- Tipo del 5 % en ITP al adquirir vivienda habitual para:
- Jóvenes (ahora hasta 35 años, antes 32) que cumplan requisitos de ingresos.
- Familias numerosas, personas con discapacidad, familias monoparentales, víctimas de violencia machista (nuevo colectivo beneficiario).
- Tipo del 7 % para viviendas de protección oficial.
- Bonificaciones del 50 % o 100 % en determinados casos (p. ej. cooperativas sin ánimo de lucro, sede social/centro de trabajo)
Actos Jurídicos Documentados (AJD): un encarecimiento adicional
El AJD también se modifica, alcanzando el 3,5 % en escrituras de transmisiones sujetas a IVA con renuncia a exención (antes 2,5 %) . Sin embargo, se incluyen bonificaciones del 100 % para jóvenes menores de 35 años en viviendas habituales.
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